Las ministras Yasmín Esquivel Mosso, Loretta Ortíz Ahlf y Lenia Batres Guadarrama señalan que es su responsabilidad como ministras ejercer y prestar sus servicios públicos de impartición de justicia
Las ministras Yasmín Esquivel, Loretta Ortíz Ahlf y Lenia Batres Guadarrama hicieron una protesta enérgica en contra de la suspensión de labores, amenazando que si no ejercen sus labores, pueden incurrir en juicio político.
Es nuestra responsabilidad constitucional ejercer el cargo de ministras y prestar el servicio público de impartición de justicia”, argumentaron las ministras en un posicionamiento en conjunto.
Las juristas indicaron que de acuerdo con el artículo 109, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, existe la posibilidad de destitución del cargo e inhabilitación del servicio público, a las ministras o ministros que en funciones “incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicios de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho”.
Mientras que el artículo 110, fracción X, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, no prevé la figura del paro de labores para ministras y ministros, por lo que se puede incurrir en alguna falta en su ejercicio de labores.
El Código Penal Federal establece como delitos por hechos de corrupción la omisión de proporcionar el servicio público que nos corresponde (artículo 215), o recibir el pago indebido de remuneraciones sin tener derecho a ello (artículo 217 ter).
“Por lo que, en todo caso, quienes votaron por el paro, debieron haber determinado dejar de percibir las remuneraciones que tienen como ministras o ministros”, sentenciaron.
Concluyeron que la Suprema Corte es la cabeza del Poder Judicial y el máximo tribunal del país y que los servidores públicos tienen la “imprescindible encomienda y obligación de impartir y garantizar el acceso a la justicia de todo el pueblo mexicano”.