Tras avalar la LGIPE, publica DOF exprés primera ley secundaria de reforma judicial con reglas para elección

La discusión sobre las leyes secundarias para  la aplicación de la reforma judicial fueron aprobadas anoche en Cámara de Diputados y la primer fue publicada menos de dos horas después 

Montserrat
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La Ley fue publicada dos horas después de su aprobación
La Ley fue publicada dos horas después de su aprobación. Foto: Cámara de Diputados Federal

A poco menos de dos horas de que la Cámara de Diputados aprobó anoche la reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), que establece reglas y procedimientos para la elección de jueces, magistrados y ministros, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto con las modificaciones, que representan la primera ley secundaria para la aplicación de la reforma judicial.

Este lunes, aproximadamente las 20:00 horas y tras 13 horas de debate, el bloque mayoritario en la Cámara de Diputados que conforman Morena  y los partidos del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM), aprobaron en lo general y lo particular, con 342 votos a favor y 128 en contra de la oposición, el dictamen que reforma que establece las reglas sobre la elección judicial de 2025.

Como precisa el primer transitorio los cambios entran en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, es decir hoy martes 15 de octubre.

La premura en la publicación de este decreto por parte del gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum se debe que la convocatoria para dichas elecciones debe publicarse el miércoles 16 de octubre y con ello el Senado podrá emitirla.

Ahora solo queda pendiente la publicación en el DOF de los cambios a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral que también aprobaron los diputados federales.

Fue el pasado 7 de octubre, que la presidenta Claudia Sheinbaum envío al Congreso de la Unión las dos leyes secundarias de la reforma judicial para "garantizar los principios de legalidad, objetividad, certeza, transparencia e imparcialidad” en cada etapa del proceso de elección popular de jueces, ministros y magistrados.