La Corte avaló la reforma al Código Penal de Sinaloa, que sanciona el uso de la IA para alterar y divulgar imágenes de índole sexual e intimas sin el consentimiento de las personas afectadas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la reforma al Código Penal de Sinaloa, que sanciona de tres a seis años de prisión a quien use inteligencia artificial para crear, difundir y manipular imágenes, audios y videos de índole sexual e íntimo sin el consentimiento de esa persona afectada.
Durante la sesión de hoy, los ministros aprobaron por unanimidad el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que valida algunos párrafos del artículo 185 C Bis del Código Penal de Sinaloa, donde se define el concepto de inteligencia artificial y su uso al llevar a cabo delitos como la violación de la intimidad sexual.
En su participación, el ministro ponente afirmó que el concepto de inteligencia artificial ha tenido grandes avances en la última década y se ha visto involucrado en la vida cotidiana de las personas.
Lo cierto es que hoy en día la inteligencia artificial continúa siendo un concepto en evolución sobre el cual la literatura relevante no ha coincidido en una definición unívoca ni en condiciones definitorias e inamovibles”, indicó el ministro Alcántara Carrancá.
Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mosso aseguró que existen programas que pueden afectar a las infancias y adolescencias, además pidió al ponente que incluya en su proyecto menciones a los artículos 4 y 21 de la Constitución.
En el caso que hoy examinamos nos lleva a reflexionar sobre el uso de una nueva tecnología digital, la llamada inteligencia artificial, que tiene como característica que la distingue, la existencia de programas para manipular audios e imágenes, lo cual en manos de la delincuencia abre un nuevo capítulo de violencia hacia las personas, pero en especial hacia las infancias y las mujeres”, comentó la ministra Esquivel Mosso.
Mientras que el ministro Alberto Pérez Dayán, estuvo en contra del párrafo de la ley de Sinaloa, el cual es “a quien haciendo uso de la Inteligencia Artificial”, ya que dificulta la aplicación de las normas a casos en particular.
Con esto, se aprueba la reforma al Código Penal de Sinaloa, la cual establece una pena de tres a seis años de prisión a quien haga uso de la Inteligencia Artificial (IA) e
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Esta resolución de la Corte, si bien es enfocada en Sinaloa, puede repercutir en otros casos, como el de Diego “N”, quien es la primera persona vinculada a proceso por alterar con inteligencia artificial y vender imágenes con inteligencia artificial de sus excompañeras del Instituto Politécnico Nacional (IPN).
Pese a que exista la Ley Olímpia en la mayoría de los códigos penales locales y en el federal, que sanciona la divulgación de imágenes íntimas sin el consentimiento de una persona, no existe una legislación específica que sancione el uso de la inteligencia artificial en casos de violencia sexual hacia las mujeres