Pese a tener seis votos a favor de los dos proyectos, no se alcanzaron los ocho votos para aprobar los proyectos donde MC y el PRI buscaba derogar algunas leyes secundarias de la reforma judicial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó las impugnaciones en contra de los “superpoderes” otorgados a la consejera presidenta Guadalupe Taddei para hacer nombramientos sin consultar al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).
Al no alcanzar los ocho votos necesarios para aprobar los proyectos de los ministros José Mario Pardo Rebolledo, que buscaban darle la razón a los partidos Movimiento Ciudadano (MC) y el PRI y declarar inconstitucional algunas leyes secundarias de la reforma electoral, así como derogar que los candidatos puedan usar sus propios recursos en la elección judicial.
En el asunto de las facultades dadas a Taddei para elegir a directores ejecutivos y demás titulares de unidades técnicas del organismo, la ministra Lenia Batres Guadarrama aseguró que las decisiones que toma el INE son autónomas e independientes a los otros poderes de la Unión y que esas decisiones son tomadas con “imparcialidad y en estricto apego a la normativa aplicable”.
Esto implica que no debe acatar ni someterse a indicaciones o instrucciones de otros Poderes del Estado o personas con las que mantengan alguna relación de afinidad política, social o cultural; no obstante, las decisiones internas del propio Instituto pueden y deben estar supeditadas a sus titulares”, indicó la “ministra del pueblo”.
Por otro lado, la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández, mencionó que la presidencia del organismo no puede asumirse como órgano superior de dirección y realizar nombramientos sin consultar al Consejo General, además de que eso puede traer contradicciones a los principios de seguridad jurídica, al posicionarse sobre normas que están por encima de dichas leyes.
Existe un alto grado de inseguridad jurídica producto de esta situación, porque este tipo de normas transitorias normalmente tienen la función primordial de derogar normas o disposiciones jerárquicamente inferiores a la ley reformada y, en este caso, se está contradiciendo la reforma legal con normas del mismo rango… sino… y además con la propia Constitución”, dijo la ministra Piña Hernández.
En cuanto a que los mismos aspirantes a jueces, magistrados y ministros usen su propio dinero para las campañas electorales, la mayoría de ministros advirtieron que debido a que candidatos que más dinero tienen podrán gastarlo en hacer mayores recorridos en el país o lugar donde será la elección.
Se señala que se pone en riesgo la igualdad de la contienda electoral, pues el financiamiento privado en las campañas de personas candidatas a cargos del Poder Judicial de la Federación dependerá de la capacidad adquisitiva de cada uno, así que podrán hacer más erogaciones quienes mayores recursos tengan y a la inversa, menos erogaciones quienes menos recursos tengan, lo que se traduce en mayores o menores posibilidades de obtención del voto, máxime que aquellos candidatos a puestos nacionales deberán difundir su candidatura en todo el país, mientras otros cargos sólo deberán hacerlo en alguna circunscripción”, reiteró el magistrado José Mario Pardo Rebolledo.
Al no alcanzar los votos necesarios, no procedieron las dos propuestas presentadas por los dos partidos de oposición.
#LaCorte resolvió que durante el proceso legislativo para reformar las Leyes Generales de Instituciones y Procedimientos Electorales, y del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, no se cometieron violaciones de carácter invalidante. https://t.co/g7vloNrlnK pic.twitter.com/jziycobaHU
— Suprema Corte (@SCJN) February 4, 2025