San Luis Potosí se convierte en el estado 16 en despenalizar el aborto, hasta 12 semanas de gestación

Con este dictamen se da cumplimiento a la sentencia de fecha 20 de septiembre de 2024, dictada por el Juez Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí dentro del Juicio de Amparo 765/2024

Redacción
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Serán excluyentes de responsabilidad penal del delito de aborto cuando: sea resultado de una acción culposa de la mujer o persona gestante, o cuando el embarazo sea resultado de un delito de violación o inseminación indebida.
FOTO: @CongresoEdoSLP

Con 20 votos a favor, 4 en contra y 0 abstenciones, el Congreso de San Luis Potosí aprobó la despenalización del aborto en el estado, hasta las 12 semanas de gestación, modificando los artículos 148 fracciones I y II, artículo 149 y 150 fracción III del Código Penal estatal.


La entidad se convirtió en la número 16 en despenalizar el aborto en México y, de acuerdo con el portal del Congreso de San Luis Potosí, con esta modificación, se derogan las disposiciones para dejar de penalizar la interrupción del embarazo de la mujer o persona gestante hasta antes de las 12 semanas de gestación.


“Con este dictamen se da cumplimiento a la sentencia de fecha 20 de septiembre de 2024, dictada por el Juez Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí dentro del Juicio de Amparo 765/2024; así como a la iniciativa consignada bajo el turno 3763, materia de la sentencia de fecha 23 de agosto de 2024, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí en el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano dentro del expediente TESLP/JDC/94/2024”, mencionó en un comunicado.


Además, se indica que en los casos que la mujer o persona gestante que voluntariamente interrumpa su embarazo o consienta que otra persona lo haga, después de las 12 semanas de embarazo, será sancionada esta conducta con una pena de cien a 300 días de trabajo a favor de la comunidad, “esta conducta sólo será sancionada cuando se haya consumado”.


Serán excluyentes de responsabilidad penal del delito de aborto cuando: sea resultado de una acción culposa de la mujer o persona gestante, o cuando el embarazo sea resultado de un delito de violación o inseminación indebida.


El dictamen respectivo fue aprobado previamente por la Comisión Primera de Justicia, que preside la legisladora María Leticia Vázquez Hernández, quien indicó que lo relacionado con la reforma al artículo 16 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí será analizado por la Comisión de Puntos Constitucionales, mientras que las reformas a la Ley de Salud del Estado que contempla la iniciativa ciudadana serán analizadas por la Comisión de Salud y Asistencia Social, para realizar el estudio y dictaminación que corresponda.