INE prohíbe que gobiernos promuevan la elección judicial, tampoco ministros de culto

En sesión previa al inicio de la elección especial extraordinaria, el Consejo General del INE estableció una serie de criterios que deben ser respetados durante la contienda electoral

Gerardo Farell
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FOTO: DANIEL AUGUSTO/ CUARTOSCURO.COM

El Instituto Nacional Electoral aprobó previo a iniciar las campañas electorales de la elección judicial que funcionarios federales, estatales, municipales y ministros de culto no puedan promover el proceso electoral. 

En sesión extraordinaria, el Consejo General del INE aprobó los “criterios que garantizan equidad e imparcialidad” en la contienda electoral, donde por un lado los consejeros buscaban que hubiera una participación de los tres poderes en la elección especial extraordinaria y por otro, algunas consejeras indicaron que la promoción de la elección son facultades exclusivas del Instituto. 

Ni las personas servidoras públicas no candidatas, ni las autoridades o instituciones públicas pueden emplear recursos públicos para promover el voto, la participación ciudadana en la elección o crear espacios para la difusión de los perfiles de las candidaturas, en términos de lo dispuesto en el artículo 134 constitucional”, indicó el consejero Arturo Castillo en su propuesta. 

Esta decisión se da luego que la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo presentara en la “Mañanera del Pueblo” un espot para televisión invitando a la ciudadanía a votar en la elección judicial del próximo 1 de junio. 

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Además, los funcionarios públicos no podrán ser moderadores de foros donde participen personas juzgadoras que busquen un puesto en el Poder Judicial Federal. 

Mientras que en el asunto de los ministros de culto, el instituto recalcó que no podrán participar ni fomentar el voto por algún candidato a juez, magistrado o ministro. 

Aparte de esos puntos, el INE resolvió establecer los límites normativos en la etapa de campaña electoral, que irán del 30 de marzo al 28 de mayo de 2025. 

Serán los días 29, 30 y 31 de mayo de 2025 los que el INE consideró como veda electoral previo al 1 de junio.