El máximo tribunal del país resolvió que las instituciones públicas de salud del país están obligadas a acatar la resolución de la Corte en cuanto a garantizar la interrupción legal del embarazo en estados donde esté aprobado

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que todas las instituciones públicas de salud del país están obligadas a implementar, difundir y organizar programas para garantizar el aborto de manera voluntaria.
Por unanimidad, el Pleno del máximo tribunal de justicia emitió una nueva jurisprudencia, derivada de una contradicción de criterios entre Tribunales Colegiados, en la que señala que las entidades deben acatar lo que ordene el máximo tribunal del país en cuanto a garantizar la interrupción legal del embarazo en estados donde esté aprobado.
El proyecto aprobado es de la ponencia del ministro Javier Laynez Potisek y señala que ignorar los precedentes de la Suprema Corte, desconocería los derechos de la salud de las mujeres y personas gestantes y que generen obligaciones para prevenir abortos clandestinos.
El proyecto propone como criterio que debe prevalecer, el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, reconociendo que incluye lógicamente el ejercicio de este derecho, el proveer de los servicios de salud como una obligación para que este derecho se ejerza de manera segura, las autoridades tienen la obligación de implementar, difundir y organizar los servicios para garantizarlo”, indicó el ministro Laynez Potisek.
El ministro José Mario Pardo Rebolledo apoyó el proyecto, sin embargo, manifestó no estar de acuerdo en cuanto a que estas obligaciones vayan a las autoridades de salud y deben de ser solo para los jueces de amparo y magistrados.
Por su parte, la ministra Lenia Batres Guadarrama dijo que existe una necesidad de asegurar el acceso a los servicios públicos de salud a las mujeres y personas gestantes, con la finalidad de reducir la mortalidad al concebir un bebé.
El derecho a decidir sobre la salud y libre reproducción requiere de una infraestructura pública adecuada que garantice un entorno confidencial y proporcione información clara, objetiva y científica sobre las implicaciones del embarazo y su interrupción; además de un acompañamiento informado, libre de imposiciones y dilaciones”, señaló.
Cabe señalar que el asunto discutido y aprobado hoy deriva de varias quejas presentadas por autoridades estatales donde señalan que no tienen obligación de acatar lo que ordenó la Corte el 7 de septiembre de 2021, donde se despenalizó el aborto en el estado de Coahuila.
La situación del aborto en el país
Hasta febrero de 2025, 18 estados del país han legalizado el aborto hasta las 12 semanas de gestación y 13, en el caso de Sinaloa.
En el resto de los estados, se permite solo en casos de violaciones, mientras que en el caso de Yucatán se permite en casos de violaciones, peligro de muerte de la persona gestante, malformaciones fetales graves, inseminación artificial no consentida y causas económicas, en este último asunto, se requiere que la mujer haya tenido al menos tres hijos previos.
En ese último caso, los tribunales han solicitado al Congreso despenalizar el aborto y retirarlo del código penal local, sin que eso haya ocurrido hasta ahora.