Congreso del Edomex avala reforma electoral para elección judicial; la campaña será de 35 días

Las y los candidatos tendrán acceso a tiempo en radio y televisión, pero no podrán utilizar recursos públicos para hacer proselitismo

Alberto Dzib
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Foto: @Legismex
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El Congreso del Estado de México aprobó este 14 de enero la reforma al Código Electoral local para adecuar su contenido a la reforma judicial y establecer las reglas para la postulación, campaña y elección de aspirantes a cargos de jueces o magistrados del Poder Judicial estatal.

La reforma faculta al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) para organizar, supervisar y validar las elecciones, además de expedir las constancias de mayoría a los ganadores de la jornada electoral, programada para el primer domingo de junio.

“El Instituto garantizará la observancia de los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y paridad de género”, señala la reforma.

Se avaló por mayoría

La propuesta de reforma impulsada por las bancadas de Morena, PVEM y PT, se aprobó con 55 votos a favor y 20 en contra, como asunto de urgente y obvia resolución.

La oposición, integrada por las bancadas del PRI, PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, criticó que no se haya hecho un análisis más profundo.

“Es lamentable que en cinco horas pretendan hacer una reforma que definirá el rumbo del Poder Judicial del Estado de México, las y los diputados priistas no conocimos con suficiente anticipación las condiciones de estas reformas electorales”, comentó la diputada del PRI, Mercedes Colín.

En tanto, Samuel Ríos Moreno, diputado de Morena y presidente de la Comisión de Asuntos Electorales, cuestionó que aún haya resistencias a la transformación del Poder Judicial, que dijo, será de beneficio para toda la población.

“Hoy es un día muy importante, la historia nos dará la razón y gracias al pueblo del Estado de México por confiar en esta coalición, no les vamos a fallar”, señaló el morenista.

Condiciones de las campañas

Las campañas de los aspirantes tendrán una duración de 38 días y finalizarán tres días antes de la jornada electoral, sin lugar a precampañas, ni actos anticipados de promoción, además, queda prohibido el uso de recursos públicos para actividades proselitistas.

Las candidaturas contarán con acceso igualitario a espacios en radio y televisión y podrán participar en debates organizados por instituciones públicas o privadas; el IEEM establecerá los topes de gastos de campaña.

La reforma también prevé que el IEEM ponga a disposición de la ciudadanía un micrositio en su página oficial para informar sobre el proceso electoral y difunda información sobre las y los candidatos. 

Requisitos y criterios para los aspirantes
Para postularse, los candidatos deberán cumplir con los lineamientos establecidos en la reforma judicial.

 Entre ellos, ser ciudadanos mexicanos con título de licenciatura en derecho con promedio mínimo de 8.0, tener experiencia mínima de cinco años en la actividad jurídica, entregar cinco cartas de vecinos o colegas, un ensayo de tres cuartillas sobre su intención al llegar al cargo y no haber ocupado cargos en partidos políticos en los últimos tres años.

Escrutinio y cómputo de la elección

El escrutinio y cómputo de la votación se llevará a cabo por los órganos desconcentrados del IEEM y se realizará en orden jerárquico, para comenzar con la elección por la presidencia del Tribunal Superior de Justicia estatal (TSJEM); integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial; integrantes del Tribunal Superior de Justicia; y finalmente personas jueces del Poder Judicial del Estado.

Infracciones y sanciones

La reforma detalla una lista de infracciones para las candidaturas, que incluyen aspectos como los actos anticipados de campaña; incumplir las obligaciones establecidas constitucionales y electorales; calumniar a instituciones o candidaturas; no otorgar información al IEEM; e incurrir en violencia política de género.

Las sanciones pueden ir desde amonestaciones públicas y multas de mil hasta cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, hasta la pérdida del derecho a ser candidato o la cancelación de su candidatura.